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Carta abierta de ALUTARA a los Legítimos Usuarios de Armas De la reunión habida el día 28 de Agosto del corriente años con el Sr. Director del RENAR Dr. Andrés Meieszner
Es posible que a muchos LU, les pueda parecer extraño que no nos hubiéramos expresado a través de los medios por los que normalmente lo hacemos, ni haber realizado ningún comentario público respecto a las reuniones que tuvieron lugar los días 28 de Agosto del presente año con el Dr. D. Andrés Meiszner, actual Director del RENAR y el día 31 de Agosto también del corriente año con el Sr. Ministro de Interior Dr. D. Aníbal Fernández.
Esta demora se debió básicamente a la necesidad de analizar con tiempo y tranquilidad los diálogos mantenidos con ambos funcionarios.
Por orden cronológico describiremos sintéticamente las dos, comenzando por la habida con el Dr. Andrés Meiszner, Director del RENAR. Esta se realizó en su despacho el día 28/08/06 a las 11:00 hs. los presentes fueron: el Dr. Alberto Bossio Asesor Legal del Foro, el Sr. Ricardo Río del Foro, el Sr. Héctor Tinfena de Full Aventura y ALUTARA , el Sr. Pablo F. Crespo , ASITRA y ALUTARA , Américo A. García asesor legal de ALUTARA , el Sr. Gerardo Cabrera RRPP ALUTARA y el Sr. Héctor Abbas Presidente de ALUTARA .
En esta reunión, los integrantes de ALUTARA expusimos desde su inicio, la profunda preocupación de los LU sobre el avance del Proyecto de Ley presentado ante el Congreso de la Nación por el Sr. Ministro de Interior Dr. Aníbal Fernández y el Sr. Jefe de Gabinete de Ministros Dr. Alberto Fernández, sobre la Ley 20.429 y su Decreto Reglamentario N° 395/75 y en especial, la reciente Disposición RENAR 197/06 del 25/08/06. Temas estos, sobre los cuales dejamos al Sr. Director una nota en la que entre otras cosas expresamos que “Consideramos que, si deben realizarse ajustes, estos necesitan estar fundados en el conocimiento, real incidencia sobre la sociedad, sin especulativos preconceptos tendenciosos de operadores sin representatividad como así tampoco el aferrarse a experiencias domésticas o foráneas fallidas. Ajustarse y concretarse dentro del marco Constitucional de los derechos y obligaciones del Ciudadano, munidos del debido respeto por la Autoridad de Aplicación sobre los administrados.” (no se transcribe en su totalidad la mencionada nota para no fatigar al lector y en consideración que la misma se reprodujo íntegra en nuestra página web y publicaciones varias)
La reunión dentro de lo cordial no dejó de tener la seriedad, la sobriedad y la franqueza que debía tener más allá del gusto de las partes, ya que fuimos convocados sobre los hechos consumados, circunstancia que nos preocupó y preocupa seriamente, dando lugar a muchas dudas respecto de su aplicación, por que desde un principio manifestamos nuestra negación a la aceptación del Artículo 1° donde dice “ Declárase la emergencia nacional en materia de tenencia, portación, fabricación, etc. etc.” . Dado que la palabra emergencia, de acuerdo al Diccionario Kapelusz de la Lengua Española, su significado textual es: “Emergencia: Acción o efecto de emerger. Caso imprevisto, accidente que sobreviene: o no sabía como actuar en esa emergencia”. Consideramos que este no es el término adecuado para designar medidas como estas, desde que al desvirtuar el significado de una palabra invariablemente conlleva a una cantidad indeterminada de interpretaciones como de aplicaciones, siempre de acuerdo al interprete de turno y no a la de su real significado. Así es que haciendo uso de nuestra memoria podemos decir que cada vez que se dijo estado de emergencia, estos fueron muy caros a los argentinos y nunca supimos por qué. Por eso descreímos la utilización de una palabra, con la extensión y alcance aludido y que no es fundamentada con suficiente motivo su aplicación, por ambigua y no ajustarse su aplicación a nuestra actividad, desde que esta es una de las más controladas que existen. Si este control falla no es por responsabilidad del Legitimo Usuario, que accede a esa condición por cumplir con los requerimientos legales, extremo que no es óbice para reconocer que estos controles y requisitos podrían ser perfeccionados. Se le manifestó, además, nuestra preocupación por la aplicación contraria a derecho, usos y costumbres pues la Directiva se aplica retroactivamente dejando de manera unilateral sin efecto actos jurídicos y administrativos firmes e incorporados al derecho y patrimonio de los administrados.
Los presentes por ALUTARA , vertimos y transmitimos nuestra postura de manera clara y así, luego de dos horas de conversaciones sobre el tema, se levantó la reunión, no sin antes dejar expresamente de manifiesto nuestro ofrecimiento de colaborar y trabajar personalmente si fuera necesario, para que las medidas que se tomen sean realizadas dentro del marco de la Ley 20.429, su Decreto Reglamentario y la consideración de nuestro respeto a la misma y firme voluntad de cumplimiento, cuestión que no necesitamos comprobar por que el RENAR es quien nos controla y posee todo lo que oportunamente se nos requirió, y que medidas intempestivas como las tomadas crean ciertas dudas, preocupación por la formas de dictado con un cierto sabor discriminatorio hacia los ciudadanos que cumplen con su deber y casi decepcionados ante el actuar de quienes depositamos nuestra confianza.
De la reunión con el Sr. Ministro de Interior Dr. D. Aníbal Fernández, llevada a cabo el día 31 de Agosto de corriente año.
La reunión se inició con la llegada del Sr. Ministro de Interior Dr. D. Aníbal Fernández acompañado por el Sr. Director del RENAR Dr. D. Andrés Meiszner. Para poder transmitir una visión real de la reunión, primero debemos tener en cuenta la capacidad y el manejo político que el Sr. Ministro de Interior aplica a todas sus expresiones, sumándose su reconocida capacidad dialéctica. Y desde este punto el conductor de la reunión dirigió los diálogos solo en la dirección de la información que nos dio respecto al proyecto del gobierno sobre el tema armas.
Al inicio sus dichos fueron tranquilizadores, por que en su condición de Legítimo Usuario, nos manifestó que la actividad no peligraba, por el contrario, esta debía ser estimulada, alentada y apoyados los Polígonos de Tiro. Expresando además que las actuales directivas provenían de una idea suya, desde hace más de dos años y por la cual el Sr. Ministro pretendió tener el RENAR bajo su área de control por considerar que desde allí este organismo desarrollaría un sistema de control mucho más eficiente que el que se usaba hasta el momento del traspaso de la órbita del Ministerio de Defensa al Ministerio de Interior.
Sostuvo que debe mejorarse el soporte registral a una forma más moderna, adecuándolo a los nuevos sistemas electrónicos y de identificación de los LU como así de las armas, ya que el sistema que se usa en la actualidad es anacrónico. El Sr. Ministro remarcó más de una vez que lo que se está haciendo en la actualidad no pretende atentar contra los LU, ni ninguna de sus actividades o que hacer lícito con las armas, llevándolo desde el tiro deportivo, la caza, el coleccionismo o la legítima defensa, pero “... que el estado va a continuar con su campaña para desalentar el uso y la tenencia de armas... ” , además de la compra y destrucción de aquellas que se logren adquirir, que no debíamos preocuparnos por que las medidas drásticas que se tomen, irán dirigidas sobre las armas ilegales y sus tenedores.
Es correcto aclarar que este no fue un debate, sino una exposición del Sr. Ministro de Interior con respecto a la política oficial en la materia, por lo tanto solo se pudieron realizar algunas preguntas sobre los temas que expuso el anfitrión. ALUTARA tuvo la oportunidad de expresarle al Sr. Ministro nuestra preocupación por el Proyecto de Ley presentado por él ante el Congreso de la Nación el día 10 de Agosto del corriente año. Allí expresamos una vez más que al ser considerada la Ley 20.429 y su Decreto Reglamentario como ejemplos en el mundo, sumándosele a esta todas las directivas emanadas del RENAR, de todo lo que fuimos sus más firmes aliados y respetuosos adherentes, hoy vemos con sorpresa todo lo que dice el Proyecto de Ley presentado y que es distinto a lo que verbalmente nos expone el Sr. Ministro, quien a su vez nos preguntó ( a ALUTARA ) cuál era el punto que nos preocupaba, a lo que respondimos que: todos. El Sr. Ministro nos preguntó puntualmente cuál era el tema de preocupación, se le respondió que eran todos los artículos comenzando por el artículo uno.
Rápidamente nos respondió que si la palabra emergencia nos preocupaba no debía ser así, por que esa es la situación en la que hoy se encuentran todas las armas. Respuesta muy ambigua que escuchamos sin tener tiempo ni posibilidades de dialogar puntualmente sobre ese tema y otros que hacen al mencionado proyecto. Somos consientes que la letra dista mucho de la verba o será que nuestra torpeza no nos permite entenderlas y conjugarlas.
En otro momento el Sr. Ministro expresó que debíamos atenernos a las nuevas normativas, y la posibilidad de la modificación de la Ley de Armas 20429, al preguntarle ALUTARA sobre que puntos se iban a modificar, el Sr. Ministro expresó que eso lo vería en el tiempo y de acuerdo a la evolución de las nuevas medidas. Es aquí cuando desde ALUTARA nos preguntamos: ¿si la Ley 20.429 y su Decreto Reglamentario 395/75, fueron expuestos como ejemplos en el mundo, para qué cambiarla? ¿no sería suficiente con cumplirla? El Sr. Ministro de Interior, convocó a todos los presentes, y a toda persona que tuviera conocimientos sólidos sobre los temas en cuestión a colaborar a los efectos de lograr una mejor reglamentación y una real aplicación de la misma, ya que los mayores controles que se proponen solo redundaran en beneficio de los LU que estamos con la ley y cumplimos con ella.
También informó del llamado a concurso para ocupar cargos de inspectores del RENAR en las distintas especialidades como armas, explosivos, etc. ya que a la fecha el RENAR cuenta tan solo con 6 inspectores.
En cuanto al empadronamiento que anunció, nos evocó más a un nuevo “inventario” sobre todo lo existente a la fecha y es aquí cuando, otra vez, nos preguntamos: ¿tendremos que explicar y rendir cuenta nuevamente al Estado de todo lo que tenemos? ¿acaso no lo hicimos con anterioridad y luego declaramos ante el todo lo que sumamos o restamos de nuestro legajo? ¿acaso este nuevo empadronamiento o como se llame se efectuará solo para corregir los errores cometidos en los registros en manos del estado y que hoy no sabe cuantas armas o cuantos Legítimos Usuarios hay en el sistema?.
También nos dijo es Sr. Ministro de Interior, que en este empadronamiento se llegarán a corregir hasta los errores de marca que pudiera haber en algunas Credenciales de Tenencias, en las que figura una marca que no es la que corresponde y a la que se le dará una marca correcta o un número de identificación.
Nos volvemos preguntar : ¿para qué sirvió el sistema informático si hoy hay que hacer todo de nuevo? ¿cómo se manejaron los recursos que debieron destinarse al mantenimiento y actualización del sistema ? ¿en que fueron invertidos ? ¿el Sr. Ministro va a exigir una rendición de cuentas a los directivos anteriores a fin de determinar las responsabilidades de por qué se tiene que llegar a este nuevo inicio de control por los descontroles habidos? ¿por qué debemos ser siempre los chivos expiatorios de la incompetencia de algunos funcionarios? Si nosotros no cumplimos se nos aplica la Ley, si un funcionario es o fue incompetente ¿qué le sucede? ¿ serán los mismos que van a participar de este “reordenamiento” y que tenían a su cargo evitar que ocurriera? Tal vez a esto no lo sepamos nunca, lo que si sabemos es que a los Legítimos Usuarios se nos va a exigir el cumplimiento de todo lo nuevo, sin que sepamos a ciencia cierta por qué ni para qué ¿alguna vez seremos consultados? Por todo lo expuesto nos cabe la certeza que, nada de lo que se hizo en este corto tiempo, ni lo que se haga en el futuro es fruto de la improvisación, ya que todo estuvo y está previamente analizado y calculado. Es evidente que esto tuvo un periodo de estudio previo a su implementación, en el que es de entender participaron personas con ideas claras respecto a lo que querían hacer para saber que resultados deseaban obtener y si no nos han tenido en cuenta, como lo hicieron, es porque entendemos que el destinatario de las medidas son exclusivamente los Legítimos Usuarios y descreemos que la intención sean las armas ilegales, por que el RENAR es un Registro con ciertas facultades que exceden a las de cualquier registro, pero, sin embargo no combate el crimen por que para ello existen las FFSS y el Poder Judicial.
Que distinto sería todo si al menos alguien se hubiera acordado de nosotros los Legítimos Usuarios, merecedores al menos del respeto, haciendo que alguna de nuestras organizaciones hubiera sido consultada por su experiencia o conocimiento del tema, no ya la nuestra, ALUTARA que viene pidiendo audiencias con el Sr. Ministro de Interior desde el mes de Diciembre de 2005, sin que ella se hubiera concretado alguna vez, punto este que nos permitimos recordarle al Sr. Ministro del Interior en la reunión y nos respondió simplemente que si nos hubiéramos reunido: de qué hubiéramos hablado. Es aquí cuando debemos recordar que el Sr. Ministro del Interior, que en esos días tuvo reuniones con asociaciones para el desarme y cuyas fotos aparecieron en los medios gráficos anunciando el inicio de una campaña para desalentar la tenencia de armas.
Tal vez no éramos nosotros ALUTARA , en esa oportunidad que dista mucho al presente, lo suficientemente importantes como para ser considerados en ese debate de ideas, pero existian otras Importantes Instituciones representativas de la Actividad y la Práctica del Tiro, con ciento y tantos de años de historia, y por qué no, alguno de nosotros, debió haber sido tenido en cuenta como ciudadano al que de pronto le cambian todo en lo que el creía.
Estas reflexiones solo describen los acontecimientos en los que tuvimos oportunidad de participar, y lo hacemos desde el orgullo de sentirnos legítimos, constitucionalmente contenidos, y deseosos de conformar una sociedad pluralista, participativa y plenamente democrática, donde los derechos se respeten y solo las leyes se cambien cuando haya quedado plenamente establecido que a la luz de las circunstancias sobrevinientes deban ajustarse a la realidad pues de otro modo distarían de cumplir con su cometido evitando utilizar expresiones ambiguas que solamente dan lugar a interpretaciones inadecuadas o impropias.
“CN:... Art. 33 .- Las declaraciones, derechos y garantías que enumera la Constitución, no serán entendidos como negación de otros derechos y garantías no enumerados; pero que nacen del principio de la soberanía del pueblo y de la forma republicana de gobierno.”
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